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Transporte
de mascotas por avion
Transporte de animales domésticos
Los animales domésticos, tales
como perros, gatos y pájaros, etc., que cumplan con las limitaciones
legales y de documentación, pueden ser aceptados como equipaje en
bodega o en cabina de pasaje, siendo en todo caso obligatorio tasar los
mismos con la tarifa de exceso de equipaje.
1. Aceptación en bodega
Como regla general el transporte de animales vivos,
deberá hacerse en la bodega del avión, en recipientes o contenedores
adecuados proporcionados por el pasajero. Los recipientes deberán tener
las siguientes características:
| - Resistencia y seguridad |
| - Comodidad para la talla del animal |
| - Ventilación |
| - Un cierre que ofrezca garantías de que no va a
abrirse en ningún momento |
| - Fondo impermeable |
Cuando no reúna estas
condiciones, el transporte será rechazado.
2. Aceptación en cabina de pasaje
A petición del pasajero, y previa autorización
de reservas, podrán ser aceptados para el transporte en cabina
determinados animales domésticos, siempre que se cumplan las siguientes
condiciones:
| - El peso máximo permitido del animal incluyendo
el recipiente o jaula será de 8 Kgs. incluyendo en el mismo, el peso
del recipiente o jaula en el que será transportado el animal. El
recipiente podrá tener como máximo 45 cm. de largo, 35 cm. de ancho y
25 cm. de profundidad, siempre que la suma de estas tres dimensiones no
exceda de 105 cm. |
| - El animal deberá ir en un recipiente adecuado,
consistente, ventilado, fondo impermeable y seguro. |
| - Para pájaros se tendrá en cuenta que las jaulas
sean resistentes, que la cerradura sea segura, y en la que no pueda
derramarse la comida y bebida. Además, la jaula irá siempre cubierta. |
| - Si se trata de animales de reducido tamaño o
peso, podrán admitirse varios de la misma especie en un mismo
contenedor. |
| - En ningún momento se admitirán animales que por
sus características especiales, mal olor, etc., puedan ser molestos
para el resto del pasaje y la tripulación. |
| - El animal deberá viajar con el pasajero sin
causar molestias a los pasajeros que viajen a su lado |
| - Los pasajeros que transportan un animal en
cabina, no podrán ocupar butacas situadas en filas correspondientes a
salidas de emergencia. |
| - En ningún caso podrá salir
del recipiente en el interior de la cabina, siendo responsabilidad del
pasajero su cuidado |
3. Autorización al transporte
Debido a que el número de jaulas está limitado por el
tipo de avión, el transporte de un animal deberá ser autorizado por la
Oficina de Reservas. Sólo se autorizará el viaje cuando todos los
trayectos estén confirmados. El peso y talla del animal deberán
permanecer dentro de los límites establecidos tanto a la ida como a la
vuelta.
4. Cargos
Consultar con la compañia
5. Aceptación de perros lazarillos
Tenga en cuenta que:
| - Sólo se aceptarán en cabina cuando acompañen a
pasajeros cuya orientación dependa de aquéllos |
| - Irán provistos de bozal si viajan en cabina |
| - No ocuparán asiento, viajando junto al pasajero
en el lugar que menos molesten al resto del pasaje |
| - Podrán viajar, tanto en cabina como en bodega,
sin cargo adicional alguno |
| - El peso del animal no entrará dentro de la
franquicia gratuita concedida al pasajero para su viaje |
| - La normativa en cuanto a aceptación,
documentación, descargo de responsabilidad por parte de Iberia, tipo de
recipiente (si viaja en bodega), será la misma que para el resto de los
animales domésticos |
En caso de pasajeros sordos, éstos necesitarán un
certificado médico confirmando este estado.
texto de gatos
persas y gatos exoticos
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